Incumpliendo las condiciones establecidas en el Real Decreto que declara el estado de alarma.
«EL AYUNTAMIENTO OTORGA LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DEL TALLER ASTILLERO EN EL MUELLE DE “EL REFUGIO”.
Al margen de la opinión personal que les merezca que el Ayuntamiento, funcionando bajo mínimos en asuntos no esenciales, conceda esta licencia en una situación de grave crisis sanitaria, debemos señalar que el efecto sorpresa lo ha conseguido vulnerando los supuestos establecidos en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el estado de alarma.
Establece esta norma legal lo siguiente:
Disposición adicional tercera. Suspensión de plazos administrativos
1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
3. No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que las distintas fases del procedimiento admirativo son las siguientes: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.
La resolución administrativa mediante la que se otorga una licencia urbanística corresponde evidentemente a la fase de finalización del correspondiente procedimiento, acto no contemplado en el citado Real Decreto.
Los supuestos de excepción contemplados en el mismo, siempre que exista conformidad del interesado, son los actos de ordenación e instrucción, nunca la finalización.
Por otra parte, en este procedimiento además de la entidad peticionaria de la licencia, figuran también con la condición de interesadas en el expediente las asociaciones “Gran Canaria Renace” y “Foro de la Isleta” que han ejercido desde el principio una razonada argumentación de fondo contraria a su concesión. Pues bien, en ningún momento han mostrado su conformidad, condición necesaria para que el Ayuntamiento pudiera dictar actos de ordenación e instrucción.
Este error en la evaluación de este trascendental asunto, unido lo que denunciamos con fecha 26 de febrero y 3 de marzo de este año, y expuesto en esta web con los títulos “El Ayuntamiento elige una deriva peligrosa” y “Análisis al informe de los técnicos…” va a ser la razón de que nuestra ciudad pierda, un prometedor enclave de encanto ciudadano y se convierta en un desagradable taller, incompatible con una ciudad amable en el que puede ser su mejor tramo, y que un riguroso Estudio de Impacto Ambiental estamos seguros no permitiría. La miopía de la alcaldía es imperdonable.
Esto entra en otra dimensión.
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